martes, 28 de mayo de 2013

El Ilustre Colegio de Abogados de Gipuzkoa se suma a la formación en Mediación Civil y Mercantil impartida por Garrébil.





Avalado por la Asociación Vasca de Mediación, Bitarbask


Con motivo del incremento de la mediación en el ámbito jurídico, el ICAGI va a iniciar una acción formativa tendente a capacitar a sus colegiados para ejercer como mediadores en asuntos civiles y mercantiles.

Tras el Ilustre Colegio de Abogados de Álava, el Ilustre Colegio de Abogados de Gipuzkoa se suma a la iniciativa formativa que se imparte desde Garrébil para capacitar a los letrados en Mediación Civil y Mercantil, y con ello poder crear un Servicio de Mediación del propio colegio y a disposición de la ciudadanía, como medio alternativo de resolución de conflictos con el fin de evitar tener que acudir a los Tribunales, con el ahorra económico y temporal que esto supone.

Este modelo de formación se estructura en torno a competencias clave a desarrollar por la persona mediadora, como son: la capacidad de analizar un conflicto interpartes, las habilidades de comunicación interpersonal y de manejo de emociones, la conducción del proceso a través de sus fases, las técnicas relacionales de la Mediación, las estrategias y técnicas de la Negociación y los aspectos legales y procesales surgidos a tenor de la Ley 5/2012, de Mediación en asuntos civiles y mercantiles.

La formación será impartida por Garrébil, consultoría especializada en Mediación, en base a un modelo eminentemente práctico, que lleva formando profesionales desde finales de los años 90 y que acerca a quienes practican o se plantean practicar la Mediación, el conjunto de conocimientos, habilidades, técnicas y actitudes fundamentales para un desempeño eficiente de la Mediación de Conflictos en los ámbitos civil y mercantil.
Desde que el pasado 6 de julio se publicara la Ley 5/2012, de Mediación en asuntos civiles y mercantiles, se ha dado un importante impulso a este instrumento alternativo de resolución de conflictos. Promovido desde Europa y desarrollado mediante la citada Ley. 

La Mediación entra en funcionamiento cuando el conflicto jurídico afecta a derechos subjetivos de carácter disponible. Como institución ordenada de la paz jurídica, contribuye a concebir a los tribunales de justicia en este sector del ordenamiento jurídico como último remedio, en caso de que no sea posible componer la situación por la mera voluntad de las partes y a su vez puede ser una gran “vía de escape” para la reducción de la carga de trabajo de aquéllos, reduciendo su intervención a aquellos casos en que las partes enfrentadas no hayan sido capaces de poner fin, desde el acuerdo, a la situación de controversia.








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